PRESENTACIÓN
Los vigentes Estatutos y Reglamento de Régimen Interior de Fremm establecen la figura de socio Protector, en el Capítulo IV, para dar cabida a empresas de sectores diferentes al del Metal. El texto del mencionado capítulo dice textualmente:
“Podrán ser socios protectores, cuántas empresas o personas físicas, relacionadas o no con el Sector Metal, que puedan prestar servicios o aportaciones, tanto personales como económicos, o simplemente su incorporación redunde en el prestigio de la Federación”.
A efectos prácticos podemos apreciar que el objeto de Socio Protector, tiene como fin fomentar las relaciones entre miembros de la Federación, canalizando la información y sirviendo de medio entre Socios naturales y Protectores.
Ser socio Protector de Fremm le da la posibilidad de dar a conocer sus productos o servicios a todas las empresas integrantes de la Federación.
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