14/06/2010

Convocatoria Premios Metal 2009/2010

La Federación Regional de Empresarios del Metal, convoca los PREMIOS METAL 2009-10, con objeto de reconocer públicamente la labor desarrollada, tanto por empresas como por personas, cuya actividad básica esté constituida por la producción, el comercio y los servicios del Sector Metal, de acuerdo con las siguientes

bases

PRIMERA. Los Premios tendrán carácter honorífico y consistirán en la entrega del Trofeo METAL. Su periodicidad será anual.

SEGUNDA. Solamente podrán ser otorgados a empresas del Metal, individuales o societarias, pertenecientes al Censo de la Federación Regional de Empresarios del Metal y con una antigüedad de, al menos, un año.

TERCERA. Los Premios podrán ser declarados desiertos. Su entrega se efectuará en acto que se convocará al efecto.

CUARTA. Anualmente podrán concederse los siguientes Premios:

  1. A la Innovación Tecnológica
  2. A la Fabricación
  3. A la Comercialización de artículos, equipos u otros bienes muebles del metal.
  4. A las actividades de prestación de servicios.
  5. Al Proyecto Empresarial puesto en marcha o gestionado por un miembro del Círculo de Jóvenes Empresarios del Metal (CJEM).
  6. A la Empresa Gestionada, en cualesquiera de las actividades del Sector, como Gerente, Administradora y/u otro título por una empresaria del metal, siempre que en ella concurran los méritos previstos con carácter general, en las presentes bases.
  7. A la Labor Empresarial llevada a efecto durante muchos años, en micropyme de cualquier actividad del Sector, que haya destacado por su tradición, calidad e imagen.
  8. Con carácter excepcional a personas o instituciones que se hayan distinguido durante el ejercicio o ejercicios anteriores por la defensa de los intereses económicos, sociales y profesionales de los empresarios del Metal o de la organización que los representa: la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia (FREMM).


QUINTA. Las propuestas para optar a los Premios deberán presentarse mediante escrito dirigido al Sr. Presidente de la Federación, acompañando Memoria justificativa de los méritos aportados. La solicitud podrá dirigirse por la propia empresa o por acuerdo de la Junta Directiva o Gremio al que pertenezca. El plazo de admisión de solicitudes finaliza el día 30 de julio de 2010.

SEXTA. Méritos que, entre otros, podrán alegarse:

  1. Continuidad y creatividad en la actividad
  2. Grado de innovación desarrollado en los últimos años.
  3. Potencial de crecimiento de la empresa.
  4. Evolución de la facturación
  5. Evolución de la plantilla de personal
  6. Inversiones en investigación y desarrollo tecnológico e innovación.
  7. Elaboración y desarrollo de planes de formación continúa
  8. Actuaciones en la gestión y prevención de riesgos laborales.
  9. Acciones en el área de Calidad e Implantación del modelo europeo de excelencia.
  10. Implantación de un sistema de responsabilidad social.
  11. Actuaciones en el área de marketing y diseño
  12. Ampliación e internacionalización, en su caso, de los mercados.
  13. Cooperación con el desarrollo sostenible.
  14. Mejora de la productividad y competitividad de la empresa.
  15. Acciones que favorezcan y promuevan la igualdad, diversidad e integración de personas de los colectivos más desfavorecidos.
  16. Contribución a la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
  17. Utilización de energías renovables y contribución a la eficiencia energética

SÉPTIMA. El Jurado para el otorgamiento de los Premios será presidido por el Presidente de la Federación, o persona en quien delegue, constituido además por:

  • Un representante de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
  • El Presidente del Centro Tecnológico del Metal o miembro de la Junta Directiva en quién delegue.
  • Un Vicepresidente de FREMM.
  • El Tesorero o Vicetesorero de FREMM
  • La Gerente, Administradora u otra Directiva de Empresa de las distintas actividades del Metal.
  • Un representante de CJEM.
  • El Secretario General, que actuará como Secretario, con voz y sin voto, o persona a quien comisione de entre el personal de la FREMM.

OCTAVA. Para las decisiones del Jurado será bastante la mayoría simple de los votos, y sus decisiones serán inapelables.

NOVENA. Las empresas o personas distinguidas con el Premio podrán hacer uso publicitario del mismo, debiendo consignar, en todos los casos, el año de su concesión.

DÉCIMA. La participación supone la plena aceptación de las presentes Bases.

 

 

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