21/06/2023

Firmado el convenio colectivo del Metal 2023-25

FREMM, en nombre de las empresas, y los representantes sindicales de los trabajadores han suscrito el convenio colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2023, 2024 y 2025. 

A falta de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, el nuevo convenio de la industria siderometalúrgica de la Comunidad, suscrito por la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia, FREMM, y CCOO y UGT en nombre de los trabajadores,  presenta los siguientes acuerdos principales:

  • Duración: 3 años.  Se garantiza la paz social hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Incremento salarial: 4,90% en 2023, 3,85% en 2024 y 2,00% en 2025, sin revisión salarial.
  • Se crea la nueva categoría profesional “Incorporación al Sector Metal” con una retribución equivalente al Salario Mínimo Interprofesional y una limitación temporal de 1 año.  Esta categoría está encuadrada y tiene las funciones del grupo 7 del Convenio Colectivo Estatal de la Industria, las nuevas Tecnologías y los Servicios del Sector Metal.
  • Jornada Laboral. Se mantiene la jornada de trabajo efectivo en 1.759 horas y la bolsa de “horas de distribución irregular” de 235 horas.
  • Las empresas tienen tres meses, desde la publicación del texto, para pagar los atrasos de las nuevas retribuciones.
  • Se introduce la subrogación en las actividades y servicios de Alumbrado Público, Semáforos, Equipos y Sistemas Inteligentes de Transporte, ITS (tráfico y transporte) regulados en concursos públicos municipales en municipios de más de 400.000 habitantes.
  • Se revisa la redacción y las cuantías del “Plus de Desempeño”, un plus que afecta exclusivamente a las empresas que intervienen en las paradas técnicas llevadas a cabo en las refinerías de petróleo, en las empresas de producción de bases lubricantes de última generación y en las plantas de formulación y fabricación de plásticos en formas primarias.
  • A la comisión técnica de “Subrogación” se unen otras dos: estudio del Plus de Astilleros y otra para estudiar e implantar medidas efectivas para reducir el absentismo laboral.  Estas tres comisiones se constituirán en el mes de septiembre.

FREMM recuerda que puede aplicar la “compensación” (en el caso de retribuciones por encima de lo pactado en convenio) y la “absorción”, permitidas en el artículo 4.5 del Convenio Colectivo.

Para cualquier aclaración sobre estas cláusulas y otras del convenio tiene a su disposición a la Economista de FREMM, María José Aragón, a través de los teléfonos 968 93 14 05 y 968 93 15 02, y del e-mail: mjaragon@fremm.es
 

 

 

 

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