22/01/2017

FREMM le ayuda a cumplir con el calendario medio ambiental

FREMM no sólo pone a disposición de sus empresas y profesionales todos los formularios necesarios para cumplir, a lo largo del año, con la normativa medio ambiental sino que ofrece su asesoramiento y, en el caso de los autónomos, su presentación pues las personas jurídicas deben hacerlo vía telemática.

De acuerdo con la legislación vigente, FREMM comunica el calendario de presentación de documentos en materia medioambiental:
- Hasta el 1 de marzo. Memoria anual de gestor de residuos. Obligatorio para gestores de residuos (centros CAT).

- Hasta el 31 de marzo. Declaración anual de envases y embalajes. Obligatorio para empresas que tengan residuos de envases o embalajes.

- Cada cuatro u ocho años, según  se especifique en la resolución del Informe. Informe Preliminar de Situación de Suelo (IPS) o renovación: Obligatorio para productores (grandes y pequeños) y para gestores de residuos peligrosos.

- La fecha de cierre depende de cada municipio, aunque suele venir recogida en la concesión de la licencia. Declaración anual de Vertidos al Alcantarillado.

- Hasta el 1 de junio. Declaración anual de medio ambiente. Obligatorio para empresas sometidas a Autorización Ambiental Autonómica. Quedan exentos los productores (grandes y pequeños) de residuos peligrosos, los transportistas de residuos y actividades incluidas en el grupo C de atmósfera.

En este apartado de declaración anual de medio ambiente, el sector metal tiene::
· Sujetas a la Autorización Ambiental Integrada:
a) Tratamiento de superficie de metales por procedimiento electrolítico o químico, cuando el volumen de las cubetas o de las líneas completas destinadas al tratamiento empleadas sea superior a 30 m3 (anejo 1 de la Ley 16/2002, punto 2.6)
b) Tratamiento de superficies con utilización de disolventes orgánicos, en particular para aprestarlos, estamparlos, revestirlos y desengrasarlos, impermeabilizarlos, pegarlos, enlacarlos, limpiarlos o impregnarlos, con una capacidad de consumo de más de 150kg/h de disolvente o más de 200 t/año (punto 10 del citado anejo).
· Sujetas a la Autorización Ambiental Única (anexo I, Ley 4/2009):
a) Aquellas que deban obtener la declaración de impacto ambiental para ejercer su actividad, modificar o ampliar el proyecto inicial.
b) Gestores de residuos peligrosos o no peligrosos.
c) Actividades catalogadas en los grupos A o B de atmósfera.

Todos los formularios pueden descargarlos de la página web de FREMM (http://www.fremm.es/portal/pagina/321/Medio_Ambiente.html).

Las personas jurídicas deben hacer obligatoriamente la presentación a través de la sede electrónica. Aquellos autónomos que lo deseen, pueden enviar a FREMM la documentación con el fin de que se la tramite ante la Administración. Para cualquier aclaración, póngase en contacto con Manuel Lorenzo Sanz, Responsable del Departamento de Medio Ambiente de FREMM (teléfono 968 96 55 01 ó 968 93 15 02, e-mail: mlorenzo@fremm.es.  

 

 

 

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