22/12/2015

Bajas y altas en el CAF, antes del 31 de diciembre

FREMM recuerda a todos aquellos que tienen Códigos de Actividad de Gases Fluorados (CAF) que pueden, si lo desean, darse de  Baja en el Registro Territorial de la Agencia Tributaria antes del 31 de diciembre, para que así surja efecto a partir del  1 de enero del 2016.

Hasta el 31 de diciembre puede presentarse la Baja en el Registro Territorial de la Agencia Tributaria de aquellas empresas y profesionales que tienen CAF. Una vez presentada  la solicitud de baja, a lo largo del próximo mes de enero tendrá las siguientes obligaciones:
1.- Confección de un inventario a fecha 31 de diciembre comprensivo de las existencias de los gases objeto del impuesto de las que fuese titular a dicha fecha. El referido inventario, debidamente firmado por su titular, deberá ser presentado a la oficina gestora.
2.-  Presentación de una autoliquidación compresiva de las cuotas devengadas derivadas de las existencias a 31 de diciembre. Dichas cuotas se calcularán teniendo en cuenta los tipos impositivos vigentes en el año natural siguiente.
Por otra parte, si se es Consumidor Final y desea obtener el CAF y comprar el gasto exento, también tiene de plazo hasta el 31 de diciembre para solicitar el alta y durante el mes de enero deberá confeccionar un inventario a fecha 31 de diciembre comprensivo de las existencias de los gases objeto del impuesto de las que fuese titular a dicha fecha. El referido inventario, debidamente firmado por su titular, deberá ser presentado a la oficina gestora.
Adicionalmente también podrán presentar una solicitud de una devolución comprensiva de las cuotas soportadas derivadas de las existencias a 31 de diciembre.
Si desea más información no dude en contactar con FREMM (968 93 15 01).

 

 

 

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