Ya está en marcha la nueva Instrucción Técnica aclaratoria de la reglamentación aplicable en materia de instalaciones, suministros y contrataciones temporales en recintos feriales y otras ubicaciones para la realización de ferias, verbenas y similares.
La Instrucción, que ha sido publicada en el BORM del 3 de octubre por parte de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, establece que lLas solicitudes de contrato de suministro por parte de los Ayuntamientos, Instituciones Feriales u Organismos públicos o privados o consumidores finales deberán realizarse a una empresa comercializadora, tal como se regula en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
Estas solicitudes de contrato de suministro a las empresas comercializadoras se habrán de realizar con la antelación suficiente para que por las mismas se puedan realizar las gestiones oportunas con la empresa distribuidora y ésta, una vez establecido el punto de suministro, pueda dar servicio eléctrico a la instalación.
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